miércoles, 17 de marzo de 2010

SENASA publicidad

SENASA – PUBLICIDAD
Daniel Guzmán 06/10/09
Durante la década de los años 90, en el país se realizaron múltiples estudios en el sector salud, a través de los cuales se pudo conocer que los principales problemas estaban caracterizados, por baja cobertura y aseguramiento de servicios de salud (14% de la población total tenían Igualas Médicas “I.M.”, 5% asegurados IDSS para un total de 19%) más del 60% utilizaba los servicios de la Red Pública de Salud administrado por SESPAS, caracterizada por débil organización, presupuesto histórico, ineficiente, baja calidad, red no articulada, con pago de cuota de recuperación, las familias aportaban el 75.9% del gasto nacional de salud (constituyendo la barrera económica el principal problema en cuanto al acceso a los servicios de salud de las familias pobres ) con predominio de enfermedades infecto contagiosas, sobre todo las que afectan la población infantil, con elevada tasa de mortalidad infantil 39 por mil n. v. y materna 228 por cien mil n. v.
Frente a este panorama y con el objeto de solucionar los principales problemas, el país logra financiamiento externo, BM US$ 42 millones, BID US$ 72 millones, para el proceso de reforma del sector, el mismo que culmina con la promulgación de las leyes 42-01 que crea el Sistema Nacional de Salud (SNS) y 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), las mismas que constituyen el instrumento legal, político, social de mayor transcendencia después de la Constitución, en atención de sus principios rectores como son: universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, libre elección, separación de funciones, entre otras.
Estas leyes crean el Seguro Nacional de Salud (SENASA, Art. 148, 159, 87-01) como entidad pública, con patrimonio propio, personería jurídica, descentralizada, gestionada por un Consejo Nacional, teniendo como MISIÓN asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud (PBS) del Seguro Familiar de Salud (SFS), como única ARS, para los beneficiarios de los Regímenes Subsidiado y Contributivo Subsidiado (Art. 31, 87-01), más del 70% de la población total del país, con indicadores peores al promedio de la población total, a través de la Red Pública de Servicios de Salud, Art. 31, 160, 167, 87-01 descentralizadas, con patrimonio propio, personería jurídica, gestionada por Concejo de Administración de Redes, utilizando los instrumentos de gestión que han sido diseñados, garantizando a los afiliados servicios adecuados de calidad, satisfacción, oportunidad, eficiencia y efectividad, este proceso a más de 8 años de promulgadas ambas leyes aún no se ha iniciado.
Es función de SENASA, Art. 159, 87-01, organizar, coordinar esta RED de tal manera que permita maximizar su capacidad resolutiva, racionalizando el costo de los servicios, logrando niveles adecuados de productividad y eficiencia, con presupuesto por capitación y de acuerdo al costo del PBS (Art. 142, 169, 87-01) este proceso aún no se ha iniciado.
El diagnóstico situacional y/o línea base señalado en el primer párrafo de este trabajo se mantiene con muy poca modificaciones en atención de que SENASA en vez de asumir su MISIÓN, ha orientados sus acciones a los beneficiarios del Régimen Contributivo (aproximadamente 30% de la población total) para lo que existen otras 27 ARS, incluyendo la ARS pública del IDSS, en cuanto al Régimen Subsidiado se ha limitado a la entrega de carnet a supuestos beneficiarios y que utilicen los servicios de la Red Pública sin estar organizados, ni gestionado como lo establecen las leyes, por lo tanto contribuyendo al descredito y posterior desaparición de la Red Pública, induciendo a la privatización de los servicios de salud, para que nunca jamás los pobres de este país tengan acceso a los servicios de salud.
SENASA mantiene millonaria publicidad mediática, que en atención a la ley General 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, el país tiene el derecho a conocer: a) ¿cuanto se está gastando en esta publicidad?, b) ¿si estos recursos se destinaran a los beneficiarios del Régimen Subsidiado, cuantos pudieran ser beneficiados a un costo del PBS US$ 220.00 anuales?, ¿se cumplieron la ley 340-06 de adquisición para contratar las empresas responsables de esta publicidad mediática?, ¿conoce la población los procedimientos de contratación de consultoría nacionales e internaciones?, ¿Cuánto cuestan al país estas consultorías nacionales e internacionales?, ¿Cuál es el producto en termino de indicadores de impacto de los recursos invertidos en publicidad?, ¿cual es el producto en termino de de indicadores de impacto en cuanto a las consultorías contratadas? , ¿Sí SENASA asumiera su MISIÓN como está contemplada en la ley, cuantos niños dejarían de morir cada día?, ¿Cuántas mujeres dejarían de morir por problemas relacionados con el embarazo y el parto?.
Si la RED PÚBLICA de SALUD estuviera gestionada como manda la ley, articulando los diferentes niveles de atención con énfasis en el primer nivel, acciones orientadas a la prevención, promoción de la salud, tomando en consideración, la higiene, nutrición, enfermedades transmisibles, enfermedades no transmisibles, presupuesto por capitación, producción, productividad y penalización ¿Cuál sería las condiciones de salud de la población de los beneficiarios de estas redes?
En atención de que los pobres no cuentan con los medios para demandar sus derechos, parecería oportuno que la sociedad civil organizada, se empoderara del Sistema Nacional de Salud (SNS) hasta lograr que el modelo se implemente tal como ha sido promulgado por ley, exigiendo SENASA asuma su MISIÓN.
Saludos. Daniel Guzmán

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